Definición de

Bigamia

Para poder conocer a fondo el término bigamia que ahora nos ocupa, es necesario comenzar descubriendo lo que es su origen etimológico. En este caso, podemos exponer que se trata de una palabra de procedencia griega. Y es que es fruto de la suma de tres elementos de dicha lengua:

-El prefijo “bi-”, que es sinónimo de “dos”.

-El sustantivo “gamos”, que equivale a “matrimonio”.

-El sufijo “-ia”, que se emplea para poder indicar una cualidad o una acción.

Se denomina bigamia a la situación, la posición o el estado de un individuo que es bígamo: es decir, que mantiene un vínculo sentimental con dos personas de manera simultánea. Por lo general el concepto alude a quien, ya estando casado, contrae otro matrimonio.

BigamiaLa etimología de matrimonio nos lleva a la lengua latina: bigămus, vocablo que refiere a quien se casa otra vez. El origen más lejano, de todos modos, se halla en una noción griega que hace mención a un “matrimonio doble”.

Para el cristianismo, la única modalidad posible de matrimonio es la monogamia: el régimen que no tolera la existencia de una pluralidad de cónyuges. La bigamia, por lo tanto, no es aceptada por los cristianos.

A partir de esta creencia, en los países de tradición cristiana la bigamia constituye un delito. Se trata de una conducta que está prohibida por la ley y que es susceptible de una condena legal. En naciones con otras influencias religiosas y culturales, en cambio, la bigamia está autorizada.

La legislación en Europa y en América, por lo tanto, solo reconoce como matrimonio válido y legal a aquel que respeta la monogamia. En el continente africano y en Oriente Medio, la mayoría de los países permiten la bigamia o la poligamia. La poligamia, como puedes imaginar, es el término que se utiliza para referirse a que una persona está casada con varias a la vez.

En España la bigamia es un delito. Es más, hay que establecer que está calificada como tal ya en la Edad Media. Buen ejemplo es que en la Corona de Castilla estaba establecido que era un adulterio y, además, un atentado grave contra la institución y lo que representaba el matrimonio así como contra la fidelidad asociada a ese.

Desde aquel entonces ha permanecido dentro de la categoría de delito en el país, cambiando distintos aspectos. Esa evolución ha llevado a que en la actualidad se encuentre establecido en el Código Penal que la bigamia es un delito contra las relaciones familiares. En concreto, se indica que la persona que contrajera un segundo matrimonio siendo conocedora de la subsistencia legal de otro primero será castigada. Sí, será castigada con pena de cárcel que puede ir de 6 meses a 1 año.

Más allá del contrato matrimonial, en el lenguaje coloquial suele usarse la idea de bigamia para nombrar a la condición de aquel que tiene dos parejas sentimentales. Supongamos que un hombre llamado Eduardo sale de lunes a viernes con María, mientras que los fines de semana tiene encuentros con Luciana. Ambas mujeres desconocen la existencia de la otra pareja, ya que Eduardo oculta la situación. Puede decirse, ante esta realidad, que Eduardo incurre en la bigamia.

Cómo citar este artículo Publicado por Julián Pérez Porto y María Merino. Actualizado el 6 de febrero de 2018. Bigamia - Qué es, definición y concepto. Disponible en https://definicion.de/bigamia/
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