Con origen en el vocablo latino condominium, el término condominio se refiere, en el campo del derecho, al dominio de una cosa en común por dos o más personas. De esta manera, es posible distinguir entre condominio en mano común (una propiedad indivisible que pertenece a un grupo de personas, sin asignación de cuotas entre ellas) y un condominio ordinario (pertenece a varios personas con cuotas de participación; es divisible).
Para el derecho internacional, un condominio tiene lugar cuando dos o más Estados comparten la soberanía sobre un determinado territorio. En la actualidad, la Isla de los Faisanes es el condominio más pequeño del mundo. Se trata de un islote fluvial cuya soberanía es compartida por España y Francia: cada país se encarga de la administración durante seis meses al año.
Los condominios forman parte de lo que el derecho civil conoce como comunidad de bienes, una figura que permite estipular los casos donde la propiedad de un patrimonio pertenece a varias personas (físicas o jurídicas).
En un condominio, cada propietario posee el 100% de la unidad adquirida, mientras que es co-propietario de elementos comunes de la vivienda como los ascensores, los pasillos u otros sectores.
Esta clase de régimen hace que los gastos comunes, como el mantenimiento de las áreas verdes o la seguridad perimetral, sean compartidos por todos los propiedades. Por eso, es muy común que quienes poseen una propiedad dentro de un condominio contraten a un administrador, para evitar los conflictos y problemas con el resto de los dueños.
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