Definición de

Derecho real

Para poder conocer el significado del término derecho real vamos a proceder a descubrir, en primer lugar, el origen etimológico de las dos palabras que le dan forma:

-Derecho deriva del latín, exactamente de “directus”, que significa “lo recto”.

-Real, por otro lado, proviene también del latín. En su caso de “regalis”, que puede traducirse como “en relación al rey”.

Un derecho es la facultad de reclamar o de realizar aquello que la ley estipula a favor de uno. Se conoce como derecho real, en este marco, al derecho vinculado a una cosa que surge a través de una relación jurídica y que resulta eficaz frente a todos.

Derecho realAl recaer sobre una cosa, el derecho real está contrapuesto al derecho personal. Es posible diferenciar entre los derechos reales principales (como el derecho de propiedad) y los derechos reales accesorios (como una hipoteca).

De acuerdo a diversos juristas, el derecho real está basado en una potestad directa de la persona sobre la cosa: no es necesario que intervenga nadie más. Existe, por lo tanto, una relación directa o inmediata.

Una hipoteca, sin embargo, demuestra que hay derechos reales sin inmediatividad. Por eso hay doctrinas que entienden al derecho real no como una relación entre un sujeto activo y otro pasivo, sino como una obligación pasiva que supone la imposición del deber de respetarlo. De allí surge la eficacia del derecho real frente a todos.

Puede decirse que el derecho real consagra una relación entre el sujeto y la cosa y fija una obligación negativa (los extraños al derecho no pueden invadir dicho vínculo inmediato que existe entre el sujeto y la cosa en cuestión).

El derecho real, entre otras palabras, gira en torno a los vínculos jurídicos directos de los seres humanos con los bienes, protegidos mediante un ordenamiento jurídico. Los derechos reales se encuentran amparados por recursos judiciales que protegen estas relaciones.

En la legislación actual, se habla en plural del término que nos ocupa. Así, se hace referencia a los derechos reales, de los que se establecen una serie de aspectos interesantes que merece la pena conocer y tener en cuenta:

-Existen distintos grupos de derechos reales como son los derechos reales de goce, los derechos reales de protección provisional, los de adquisición preferente, los de protección definitiva o los de garantía.

-Cuando se exponen en la ley todas esas clases de derechos reales se establece, en relación a esos, tanto las pertinentes facultades como las prohibiciones que existen en torno a los mismos.

-No menos relevante es saber que se pierde un derecho real cuando una persona deja de ser titular de ese, ya sea de forma voluntaria o no.

-Además de los ya mencionados, entre los derechos reales más significativos están el de tanteo y retracto, el de vuelo y subedificación, el derecho real inmobiliario o el derecho de usufructo.

-En España hay que tener en cuenta que los derechos reales cobran especial interés y atención en lo que son los llamados territorios forales, por ejemplo.

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Cómo citar este artículo Publicado por Julián Pérez Porto y María Merino. Actualizado el 25 de marzo de 2019. Derecho real - Qué es, definición y concepto. Disponible en https://definicion.de/derecho-real/
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