El vocablo latino servitūdo llegó al castellano como servidumbre. El concepto hace referencia a la condición y a la labor del siervo. Un siervo, por su parte, es un esclavo que está bajo las órdenes de un señor.
En la antigüedad, por lo tanto, se entendía a la servidumbre como un contrato jurídico y social. De este modo, en los regímenes feudales, el siervo quedaba sujeto al señor feudal y trabajaba para él en condiciones similares a las que sufrían los esclavos. La diferencia es que las personas bajo condición de servidumbre eran consideradas libres para ley.
Noción de servidumbre en la actualidad
El concepto, en la actualidad, suele extenderse a todas las relaciones laborales precarizadas e informales que incluyen la explotación del trabajador. También permite mencionar a los criados que se desempeñan en una vivienda.
Por ejemplo: «La condesa creció atendida por la servidumbre del palacio, aunque pronto quiso dejar los lujos de lado y comenzó a valerse por sí misma», «Voy a presentar una denuncia judicial contra esta empresa: no puede tener a los trabajadores en condiciones de servidumbre», «El amor clandestino entre el rey y una integrante de la servidumbre es el eje de la película que se estrenará la semana próxima en la cartelera estadounidense».
Es importante tener en cuenta que la servidumbre puede tener una connotación negativa o una connotación positiva según el contexto. Por lo general, se asocia al sometimiento, algo que deja al siervo en una posición poco satisfactoria. Sin embargo, en la religión, se puede calificar al creyente como siervo: la servidumbre, de este modo, se asocia a la humildad, como una virtud.
El término en el derecho
De la misma manera, no hay que pasar por alto que en otros ámbitos el concepto de servidumbre es totalmente diferente. En concreto, dentro del ámbito jurídico se habla también de aquel para referirse a un gravamen que se establece sobre un inmueble en beneficio de otro inmueble que pertenece a un propietario diferente. Así, el primero será el inmueble predio sirviente y el segundo será el inmueble predio dominante.
Además, en esta misma línea, podemos subrayar también el hecho de que cabe la posibilidad de que esa servidumbre beneficie y resulte en beneficio de una o más personas. Esta situación se puede producir por muy diferentes motivos y de distintas formas. De ahí que se establezca que existen diversos tipos de servidumbre, entre los que se encuentran las continuas y las discontinuas, las prediales, las legales, las positivas o negativas…
Servidumbre de protección
Dentro de lo que es el ámbito gubernamental y marítimo, tenemos que exponer la existencia de lo que se ha dado en llamar servidumbre de protección. Esta, que viene a plantearse como una medida legal, lo que establece es una forma de protección de lo que es el dominio público marítimo-terrestre y para ello lo que fija son unas marcadas limitaciones del derecho de propiedad en los mencionados terrenos sobre los que hace referencia.
De esta manera, en numerosas ciudades, tomando como «pilar» lo que puede ser el terreno que está colindando con la ribera del mar, se delimitan unas limitaciones en base a la distancia que exista entre uno y otra.