Definición de

Constitución

Mandatario

El presidente de un país está obligado a respetar la Constitución.

Constitución es la acción y el efecto de constituir (formar, fundar, componer, erigir). La constitución -término procedente del latín constitutio– es la esencia de algo que lo constituye como es y lo diferencia de otras cosas.

Por ejemplo: «Esta mesa tiene una constitución maciza gracias a la excelente calidad de su madera», «Se trata de una preciosa casa en cuanto a su aspecto exterior, pero que falla en su constitución, por los materiales utilizados», «Estoy trabajando en la constitución de una sociedad comercial para distribuir productos extranjeros en mi ciudad».

La Constitución, escrito con mayúscula, es el conjunto de normas fundamentales de un Estado soberano, las cuales suelen estar expresadas de forma escrita y fijan los límites y las relaciones entre los poderes estatales y entre éstos y los ciudadanos, dando forma a un Estado de derecho.

Si tienes poco tiempo, revisa el índice o el resumen con los puntos clave.

La carta magna

El Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial, por lo tanto, actúan de acuerdo a los parámetros establecidos por la Constitución. Esto quiere decir que la carta magna (otro nombre que recibe la Constitución) garantiza las libertades civiles y los derechos fundamentales de la ciudadanía a través de la separación de poderes y otros mecanismos.

La violación de la Constitución supone un golpe a la democracia de un país. Por eso, las dictaduras suelen tomar como una de sus primeras medidas la abolición de la Constitución, anulando criterios de legalidad e impidiendo la libre administración de justicia.

En un territorio sin Constitución, no hay defensa de los derechos humanos ni herramientas para garantizar la transparencia de los actos gubernamentales (se anula la obligación de la rendición de cuentas, por ejemplo). La autodeterminación del pueblo, asimismo, es coartada: no existen mecanismos o procesos que le permitan participar en elecciones con sufragios fiscalizados para elegir representantes o tomar decisiones.

La ausencia de Constitución, por otra parte, abre la puerta a abusos del Estado en materia de defensa o seguridad. Sin mecanismos de control, la policía o las fuerzas armadas pueden arremeter contra los ciudadanos por orden del poder político.

Cabe destacar que el derecho constitucional es la rama del derecho público que analiza las leyes fundamentales que definen al Estado y que rigen el sistema de gobierno.

Tribunal constitucional

El órgano con jurisdicción para interpretar y hacer cumplir la Constitución es el tribunal constitucional.

Tipos de Constitución

De acuerdo a su origen político, es posible distinguir entre distintos tipos de constituciones:

  • Otorgadas: reciben este nombre dado que las otorga el soberano al pueblo, en el contexto de una monarquía. En este caso, el monarca tiene el poder de decidir «qué es lo mejor para su gente» y es a través de la Constitución que lo expresa por escrito, junto con el reconocimiento de sus derechos.
  • Impuestas: se trata de una Constitución que el Parlamento  (entendiendo como tal a los partidos políticos de un país o a los grupos de poder que se fusionan en un solo órgano) impone al monarca. A diferencia del caso anterior, es la representación del pueblo la que deja constancia de sus necesidades y deseos al gobernador, quien tiene la obligación de considerarlas. En pocas palabras, a través de las constituciones impuestas se da a la sociedad la posibilidad de participar activamente en la toma de las decisiones esenciales.
  • Pactadas: giran en torno a la idea de consenso ya que no existe una parte que las otorgue o que las imponga, dado que esto atentaría contra su cualidad de legítimas. Se trata de documentos de tipo multilateral, que dejan constancia de la voluntad y del criterio de dos o más integrantes. Tal y como sucede con un contrato laboral, surgen del mutuo entendimiento y de la aceptación de sus propuestas, y puede darse entre provincias, comarcas y demás administraciones. Su creación implica un mayor nivel evolutivo de la política con respecto a los tipos antes mencionados y un fuerte compromiso con el concepto de pacto social. Incluso cuando se da en un Estado monárquico, una Constitución pactada reconoce a los gobernados como un pueblo soberano y no como súbditos.
  • Aprobadas por voluntad de la soberanía del pueblo: este tipo de Constitución nace de la sociedad misma y suele ser característica de una república. Para ello, generalmente se organiza una asamblea, que tiene como objetivo permitir a los ciudadanos manifestarse libremente. En este caso no existe un pacto, sino que es el producto de la fuerza de la gente, que consigue establecer sus derechos y obligaciones.
Lenguas

La Constitución establece cuál es el idioma oficial de un Estado.

Ciudad y barrio

Constitución, por último, es la denominación de distintas entidades administrativas que se encuentran en países sudamericanos.

En este marco, se trata de una ciudad de la Provincia de Talca (Chile) y de un barrio de la ciudad de Buenos Aires (Argentina) que alberga una importante estación ferroviaria.

La ciudad de Constitución, que también es una comuna, cuenta con más de 46.000 habitantes. En 2010, la localidad se vio afectada por un terremoto seguido de tsunami que dejó 60 fallecidos y 300 desaparecidos.

El barrio argentino, en tanto, integra la Comuna 1 y se destaca por su infraestructura de transporte. Las problemáticas sociales, con casas usurpadas, venta ilegal y altos índices de robos, afectan la vida cotidiana de sus vecinos.

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Cómo citar este artículo Publicado por Julián Pérez Porto y Ana Gardey. Actualizado el 18 de octubre de 2024. Constitución - Qué es, tipos, definición y concepto. Disponible en https://definicion.de/constitucion/
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