Los derechos digitales son las potestades que tienen todas las personas de acceder, utilizar y aprovechar los recursos informáticos, las redes de telecomunicaciones y las plataformas virtuales. Suele considerarse que se trata de la prolongación de los derechos humanos hacia el universo digital.
Cabe destacar que los derechos son facultades que permiten al ser humano reclamar o hacer aquello que las leyes fijan a su favor o que emana de la propia condición humana. La idea de digital, en tanto, se asocia en este marco a lo que produce, exhibe, guarda o traslada información a través de una combinación de bits.
Entendiendo que Internet puede contribuir al empoderamiento y el desarrollo del individuo, los derechos digitales apuntan a reducir las desigualdades y permitir que la totalidad de los seres humanos puedan hacer uso del progreso tecnológico, beneficiándose con él. Asimismo, la noción se asocia a la protección de los derechos humanos recogidos en la Declaración Universal de 1948 también en el plano virtual.
Historia de los derechos digitales
La historia de los derechos digitales se inicia a mediados de la década de 1990, cuando el uso de Internet empezó a extenderse. En aquel entonces, ingenieros, programadores, analistas, abogados y activistas comenzaron a advertir sobre la vulnerabilidad de los internautas en materia de garantías legales. Se planteó, por ejemplo, la diferencia que existía entre el correo postal (inviolable de acuerdo a la legislación) y el correo electrónico (que no contaba con ningún instrumento jurídico para su protección).
Se considera que la organización estadounidense Electronic Frontier Foundation (EFF), fundada en 1990 por John Perry Barlow, John Gilmore y Mitch Kapor fue clave en el reconocimiento de los derechos digitales. Esta asociación impulsó en su país la ley conocida como Email Privacy Act para resguardar la privacidad del correo electrónico y continúa llevando adelante una importante labor para cuidar las libertades civiles en el entorno digital.
Barlow, de hecho, publicó en 1996 la Declaración de Independencia del Ciberespacio, reconociendo a Internet como un instrumento de importancia para mejorar las sociedades. Al año siguiente, Robert B. Gelman propuso una Declaración de los Derechos Humanos en el Ciberespacio.
En 2011, por otro lado, las distintas relatorías para la libertad de expresión de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) acordaron una Declaración conjunta sobre la Libertad de Expresión e Internet. Continuando con la evolución del concepto, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU manifestó por primera vez en 2012 que los derechos que los individuos disponen en el mundo físico también tienen que ser salvaguardados en Internet.
Su reconocimiento legal
Es importante saber que la resolución de la ONU sobre los derechos digitales no es vinculante a nivel jurídico. Cada nación debe encargarse del reconocimiento y la regulación de estos derechos a través de las leyes correspondientes.
Muchos de los derechos protegidos en distintas Constituciones nacionales tienen su correlato digital, como la protección de los datos personales y el acceso a la información. Por otro lado, hay conductas tipificadas como delitos que se adaptan al entorno virtual (del acoso al ciberacoso y de la extorsión a la extorsión en línea, por ejemplo).
En concreto, para reducir la brecha digital y fomentar una utilización apropiada de las redes, muchos países ya han redactado normas específicas o recomendaciones. Uno de ellos es España, que en 2021 dio a conocer su Carta de Derechos Digitales. Este documento detalla seis categorías de derechos y se propone funcionar como un marco de referencia.
Es posible afirmar, en definitiva, que no existe una Declaración Universal de Derechos Digitales ni un listado específico de los mismos. Cada Estado decide cómo llevar a cabo su reconocimiento y de qué modo integra su protección al ordenamiento jurídico.
Tipos de derechos digitales
Más allá de la inexistencia de una lista concreta de derechos digitales, es habitual que se los clasifique en distintos grupos según sus características. Estas categorías son ejes temáticos o cuestiones amplias que pueden dar lugar a uno o más derechos específicos:
- Libertad de expresión, comunicación e información: Implica la libertad de expresión en Internet a través de cualquiera de los medios de comunicación digitales y de las comunidades en línea, así como la autodeterminación informativa de cada sujeto. Si un gobierno impone restricciones a las redes sociales, a los sitios web o la navegación, surge la censura en Internet y se vulneran los derechos digitales.
- Derecho al olvido y al anonimato en la red: Las personas pueden solicitar la eliminación de su información personal de directorios y bases de datos, al igual que el cifrado de sus comunicaciones para evitar intromisiones.
- Privacidad en línea: Cada individuo debe tener la potestad de controlar quién se encarga del almacenamiento de su información personal, cuidando su intimidad.
- Propiedad intelectual digital: Para proteger los derechos de autor en la era digital y brindar acceso libre a los trabajos que pertenecen al dominio público.
- Acceso universal a Internet: Todos los ciudadanos deben tener la posibilidad de acceder a la Web más allá de su condición económica, su localización geográfica y cualquier otra variable.
- Protección infantil en línea: Los menores deben contar con un acceso seguro a Internet.
Otras consideraciones
Como se puede advertir, los derechos digitales abarcan múltiples aspectos de la vida en línea.
Deben existir mecanismos legales para la protección de datos, garantizar el libre ejercicio del activismo digital (ciberactivismo) y prevenir, reprimir y castigar los ciberdelitos. Pero, a su vez, la vigilancia y control en Internet por parte del Estado para regular el comportamiento en línea no debe ser abusivo.
Por otra parte, la promoción de los derechos digitales también exige a los gobiernos iniciativas de alfabetización mediática y digital y campañas contra la desinformación y fake news, por ejemplo. La finalidad es que la ciudadanía para hacer un uso responsable y positivo de las herramientas informáticas.