El concepto de preámbulo procede de praeambulus, un vocablo latino que se refiere a aquello que “se sitúa delante”. El preámbulo, por lo tanto, es una especie de prefacio o prólogo que se pronuncia antes de iniciar una exposición o un discurso.
Por ejemplo: “El preámbulo de la conferencia fue demasiado extenso para mi gusto”, “La clase de hoy tendrá un preámbulo, ya que me interesa que entiendan por qué vamos a hablar de este tema”, “El preámbulo de la Constitución explica las bases en las que se sustentan las leyes”.
Preámbulo en el derecho
En el ámbito del derecho, el preámbulo es la introducción que precede a las normas que forman parte de una ley o de una constitución y también se conoce con el nombre de exposición de motivos o considerandos. Por lo general se considera que el preámbulo no está incluido en la normativa, aunque contribuye a su interpretación.
La razón por la cual se elabora un preámbulo surge de la necesidad de que las normas expuestas después de él no parezcan haber sido creadas de manera arbitraria, ya que permite esgrimir los motivos que llevaron a su sanción, ahondar en su finalidad y en los motivos por los cuales fueron concebidas. En muchos casos, este prefacio adquiere la forma de un programa que se pone en marcha a partir del establecimiento de las normas que le siguen.
Interpretación según la jurisprudencia
En el preámbulo, el legislador tiene la libertad de abordar ciertos puntos de vista coyunturales o políticos que no puede incluir en la norma. La tradición indica que el preámbulo no posee una validez a nivel normativo; no debe ser cumplida de manera obligatoria y ni siquiera los tribunales o los jueces deben acatar su contenido, como sí el resto del documento que encabezan.
La jurisprudencia de cada país puede interpretar el sentido del preámbulo de su Constitución de una manera distinta, aunque todos tienden a compartir que, como se expone en el párrafo anterior, no tiene un valor normativo. En España, por ejemplo, quedó establecido en el año 1990 que su contenido no puede ser usado para considerar el carácter constitucional de una acción; por otro lado, Colombia estableció en 1992 lo contrario, o sea, que cualquier ley que viole los objetivos o los principios de su preámbulo debe ser considerada inconstitucional.
Esto demuestra que no es del todo correcto afirmar que el preámbulo carece absolutamente de validez; por el contrario, luego de mucho tiempo de debates al respecto, los expertos en la materia llegaron a la conclusión de que este texto representa una fuente importante a la hora de intentar interpretar una norma. Dado que el legislador es la misma persona que dicta la ley y que redacta el preámbulo, ambas parten de los mismos puntos de vista y necesidades, y contienen estructuras similares en su redacción.
En este sentido se habla de interpretar una norma a través de la teleología, una rama de la metafísica relacionada con el estudio de los objetivos de un ser u objeto; en otras palabras, es la doctrina filosófica enfocada en las causas finales. El estudio de un preámbulo permite llevar a cabo una interpretación teleológica de una norma ya que en ambas partes se perciben los mismos propósitos.
El Preámbulo de la Constitución Nacional de la República Argentina, por citar uno de estos textos, señala que la Carta Magna tiene objetivos como “afianzar la justicia” y “promover el bienestar general”.
La noción de preámbulo en el lenguaje coloquial
En el lenguaje coloquial, se suele nombrar como preámbulo a los rodeos, las divagaciones o las vueltas que una persona da antes de expresar algo o de comenzar a tratar un tema.
“Deja de lado el preámbulo y dime por qué estás acá” es una frase que apela a este uso de la noción.