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Definición de dictamen

Del latín dictāmen, un dictamen es un juicio que se forma o emite sobre algo. El término no tiene una utilización frecuente en el lenguaje cotidiano, sino que está más asociado al ámbito judicial o legislativo.

DictamenEl dictamen, por lo tanto, puede ser una sentencia o resolución judicial que dicta un juez o un tribunal. De este modo, se pone fin a un litigio o a una causa. Lo que hace el dictamen es reconocer el derecho o razón de una de las partes, obligando a la otra a aceptar la resolución y cumplirla.

En el caso del derecho penal, el dictamen absuelve o condena al acusado. Si éste es encontrado culpable, el dictamen establece la pena correspondiente a lo tipificado por la ley.

El dictamen, por lo tanto, puede ser condenatorio (el juez acoge la pretensión de quien demanda) o absolutorio (el juez otorga la razón al demandado o acusado). Otra clasificación habla de dictamen firme (no acepta la interposición de ningún recurso) y dictamen recurrible (es posible interponer recursos).

Por ejemplo: “Esta tarde se conocerá el dictamen del caso que conmovió al país y que podría llevar al empresario a prisión”, “Tras escuchar el dictamen, los familiares de la víctima desataron su furia y estallaron contra el tribunal”, “El dictamen conformó a ambas partes”.

En el ámbito legislativo, un dictamen es un documento analizado, discutido, votado y aprobado por la mayoría de los miembros de una comisión. Se trata, por lo tanto, de un acto legislativo constitutivo que acredita el cumplimiento de un requisito de trámite procesal.

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