Este término proviene de un vocablo latino que hace referencia a algo que no se puede enajenar (es decir, cuyo dominio no se puede pasar o transmitir de un individuo a otro). Lo inalienable, por lo tanto, no puede venderse o cederse de manera legal.
Los derechos inalienables son aquellos considerados como fundamentales; los cuales no pueden ser legítimamente negados a una persona. Ningún gobierno o autoridad tiene competencia para negarlos, ya que forman parte de la esencia de la persona. Los derechos humanos son derechos inalienables.
Lo inalienable es inherente a la persona
Este tipo de derechos, por otra parte, son irrenunciables. Ningún sujeto puede desprenderse de ellos, ni siquiera por propia voluntad. Por ejemplo: no existe la esclavitud voluntaria. Una persona no puede renunciar a su libertad y someterse de forma voluntaria a los mandatos de otro ser humano.
Otros de los derechos humanos inalienables son el de la igualdad y la fraternidad. Cabe mencionar que los mismos son considerados fundamentales para el desarrollo normal de un individuo y consisten en la base ética y moral que resguarda la dignidad de las personas.
Los derechos inalienables son inherentes al individuo por el solo hecho de pertenecer a la especie humana. Esto significa que la forma en la que se adquieren es involuntaria. Desde el momento en el que un individuo nace los posee y no puede desprenderse de ellos hasta el día de su muerte. Y no existe orden jurídica posible o castigo que pueda privarlo de estos derechos.
Características de los derechos humanos
Suele decirse que los derechos humanos son irrenunciables, irrevocables e intransferibles. Además de estar protegidos por diversas legislaciones internacionales, los derechos humanos están considerados como un base ética y moral para resguardar la dignidad de las personas.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), que fue adoptada por las Naciones Unidas en 1948, recoge los derechos inalienables de los seres humanos. La unión de esta declaración y los pactos internacionales acordados por los países recibe el nombre de Carta Internacional de los Derechos Humanos.
El primero en postular este concepto fue John Locke, un pensador inglés del siglo XVII. Su idea fue asegurar que una vez se plantearan los derechos humanos, ninguna persona por pertenecer a una determinada ideología o política, decidiera desprenderse de los mismos. De este modo, se consideró que los derechos serían inalienables, por lo que nadie podría renunciar a sus propios derechos ni vulnerar los de otros seres humanos, bajo ninguna causa.
Esta característica de los derechos humanos establece una relación estrecha entre los derechos individuales y los sociales. Así adquieren igual relevancia el derecho a la libertad en todos sus aspecto (en cuanto a la opinión, al pensamiento, a ejercer una religión, etc) y el derecho al trabajo en todo lo que significa (a condiciones laborales equitativas, a la seguridad social, etc).
Derechos inalienables en otras especies
En los últimos años, el trabajo de diversos especialistas nos lleva a plantearnos si estos derechos son exclusivos de nuestra especie o deberían extenderse a otros animales o seres sintientes. De este modo, desde diferentes grupos defensores de los derechos de los animales, manifiestan la urgencia del cese de su explotación en pos de asegurarles una absoluta libertad y la invulnerabilidad en sus derechos. Surgen entonces una serie de planteos que deberían contemplarse desde el orden jurídico.
Así como hace varias décadas debieron elaborarse leyes para favorecer a las clases más perjudicadas de la población humana, correspondería hacer lo mismo con aquellas especies que son utilizadas para beneficio del ser humano, a quienes se les priva de libertad e incluso de la vida por satisfacer necesidades que podrían cubrirse de otro modo.
Si tenemos la capacidad de imponer la inalienabilidad de estos derechos en los seres humanos ¿no correspondería que lo hiciéramos también con aquellos que tienen una forma de sentir y de experimentar la vida similar a la nuestra?