El término pisatario se emplea en Venezuela para aludir al agricultor que arrienda la superficie que trabaja, de acuerdo a lo detallado por la Real Academia Española (RAE) en su diccionario. Esto quiere decir que el pisatario desembolsa dinero a modo de arrendamiento por el terreno que se dedica a cultivar.
Es importante tener en cuenta, de todos modos, que el uso de pisatario puede variar. La definición formal se vincula al campesino que, a través del pago de un canon, cultiva terrenos que no son de su propiedad. Por eso, en este marco, el pisatario se encarga de arrendar la tierra y de trabajarla.
Sin embargo, con el paso de los años, la noción de pisatario adquirió otra acepción. Se llama pisatario a quien vive en un asentamiento informal en una zona urbana o periurbana, ocupando un terreno sin pagar y sin permiso legal. Estos pisatarios u ocupantes, por lo tanto, hacen un uso de la superficie y no abonan ningún canon o alquiler al dueño.
Hay que entender el concepto, pues, en su contexto. Un pisatario puede ser un agricultor que paga para usufructuar un campo o un individuo que ocupa ilegalmente un terreno público o privado para asentarse.
En este último caso, muchas veces se busca la formalización y legalización de la ocupación. El pisatario puede permanecer muchos años en la zona ocupada, desarrollando su vivienda y estableciendo vínculos con el lugar y el entorno. Así es habitual que desde el Estado se pretenda ayudar, a través de diversos mecanismos, a que el sujeto pueda contar con la propiedad del terreno.
Precisamente por esa circunstancia en Venezuela existe la llamada Ley Especial de Regularización Integral de la Tenencia de la Tierra de los Asentamientos Urbanos Populares. Esa se compone de seis títulos en los que se recogen todos los aspectos necesarios para la citada regularización en pro de la convivencia y la justicia: el ordenamiento urbano básico, la regularización de la tenencia de la tierra, la organización, la contraloría social…
Esas cuestiones generales engloban otras más específicas sobre el pisatario tales como el levantamiento de parcelas, el otorgamiento del título de permanencia o adjudicación, el derecho de preferencia en caso de venta o incluso el reconocimiento de la adquisición del derecho de propiedad por usucapión, entre otras cosas.
Asimismo, viene a establecer los objetivos, misiones y funciones de un organismo importante en ese ámbito como es el caso de la Oficina Técnica Nacional para la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana. Y es que esa juega un papel clave, sobre todo, a la hora de resolver conflictos por la propiedad y uso de determinadas tierras.
Precisamente un libro interesante en torno a estos tipos de pisatarios mencionados es el que lleva por título «El libro de Caricuao», que está escrito por Federico Villalba. Este aborda la presencia de aquellos en distintos rincones del mundo a lo largo de todo el siglo XX.
De la misma manera, no podemos pasar por alto que ese tipo de pisatarios que ocupan de forma ilegal un terreno privado o público en otros países son conocidos como ocupantes o directamente okupas.