Albacea es un concepto que procede de un término del árabe hispánico y se emplea en el ámbito del derecho con referencia al individuo que, a partir de la última voluntad de una persona fallecida y/o con la autorización de un juez, se encarga de la custodia del legado del difunto.
El albacea testamentario es aquel que fue designado por el propio fallecido en su testamento. En cambio, si el albacea surge por una disposición judicial, se habla de albacea dativo.
La figura del albacea legítimo surge cuando el fallecido no ha dejado un testamento y un juez no ha emitido un fallo sobre los bienes. En este caso, se convierte en albacea aquel que, por derecho, tiene competencia para hacer que se cumpla el deseo del muerto. También puede hacerse referencia al albacea universal: el sujeto con poder absoluto para garantizar el cumplimiento de todos los puntos del testamento.
Albacea literario
La idea de albacea aparece con frecuencia en el ámbito de la literatura. El albacea literario decide sobre el legado de un escritor, sobre todo respecto a los derechos de autor. Este albacea puede permitir que una novela sea adaptada al cine o puede impulsar la publicación de textos inéditos, por citar dos posibilidades.
Esto hace que, en ocasiones, una decisión del albacea entre en conflicto con los deseos de la familia del autor fallecido. Si el albacea decide publicar un manuscrito que los hijos del difunto no desean que salga a luz, esto puede dar lugar a un enfrentamiento.
Aurora Bernárdez, por citar un ejemplo, fue la albacea del reconocido escritor argentino Julio Cortázar, una de las figuras más influyentes de la literatura. La mujer, que falleció en 2014, estuvo casada con el autor de “Rayuela” entre 1953 y 1967.
La importancia del testamento
Para reducir al máximo las probabilidades de que el albacea tome decisiones que no estén a la altura de las que habría tomado el testador, es fundamental que este último elabore el testamento a consciencia, especificando con atención todos sus requisitos y redactando el documento con la mayor claridad posible. El albacea debe velar por sus bienes y administrarlos de manera que su imagen no se distorsione desde el punto de vista el público, y por eso ningún recaudo es exagerado.
Es necesario reunir ciertos requisitos bien definidos para ser nombrado albacea, entre los que se encuentran haber cumplido la mayoría de edad y estar en pleno uso de las propias facultades. Todo esto sin dejar de lado la relación que tenga con el testador: no sería normal que éste dejase su posteridad en manos de un extraño o de alguien que no lo quisiera y respetara profundamente.
El albacea y los familiares del representado
Con respecto a la percepción que tienen de su trabajo tanto el público como los familiares y amigos de la persona a la que representan, el albacea debe enfrentarse a menudo con un gran volumen de críticas y ataques a causa de su proceder. A simple vista, podemos decir que existen dos actitudes opuestas que suelen ser criticadas: aprovecharse del nombre del difunto para conseguir grandes sumas de dinero sin ningún tipo de tacto ni respeto por su imagen; no hacer lo suficiente por mantener viva su memoria.
Sin mencionar a nadie en particular, existen más ejemplos del primer grupo que del segundo, albaceas que buscan toda oportunidad de hacer dinero a costa del trabajo de su testador, ya sea publicando cuanta obra llegue a sus manos (sin importarle su calidad, si está completa o si el propio autor deseaba realmente que se diera a conocer) o bien abriendo procesos judiciales contra cualquier persona que infrinja los derechos de autor, a veces traspasando los límites de las propias leyes.