La condición de aplicable recibe el nombre de aplicabilidad. Lo aplicable, en tanto, es aquello que debe o puede aplicarse (ponerse, colocarse, usarse).
Aplicabilidad industrial
Tomemos el caso de la aplicabilidad industrial. Para que una invención pueda patentarse, debe ser aplicable: es decir, tener aplicabilidad. Por otra parte, tiene que ser novedosa (ya que nadie lo había hecho antes) y poseer actividad inventiva (no resulta evidente).
La aplicabilidad, de este modo, aparece como un requisito en varias legislaciones. La idea en cuestión debe ser susceptible de fabricación, con lo cual tiene que describirse con exhaustividad y claridad para que un experto esté en condiciones de llevarla a la práctica y plasmarla.
Supongamos que alguien pretende patentar un proceso que contradice las leyes de la física. Esta particularidad hace que el proyecto carezca de aplicabilidad industrial y, por eso, que no pueda patentarse.
Patente novedosa
Más arriba mencionamos como un requisito para la aplicabilidad que la patente sea novedosa, pero esto no se debe juzgar de manera espontánea o arbitraria, sino que las leyes establecen los criterios para determinarlo. En términos técnicos, el invento no debe estar comprendido en el estado de la técnica. Esto quiere decir que no debe existir en los registros actuales, tanto de patentes vigentes como solicitadas, que no debe ser accesible al público nacional o internacional en ningún formato, incluyendo una descripción escrita.
En pocas palabras podemos afirmar que un invento es novedoso si nadie lo ha patentado antes. Cabe señalar que, en el marco legal, este concepto no exige que la idea deslumbre al público por tratarse de algo «innovador», que a nadie se le hubiera ocurrido hasta el momento; basta con que no esté registrada o solicitada su patente. Es importante resaltar el carácter internacional de este requisito, ya que si alguien intenta patentar una idea en un país pero ésta ya ha sido patentada en otro, no goza de aplicabilidad.
Actividad inventiva
El segundo concepto en el que profundizaremos es el de actividad inventiva. De acuerdo con la normativa vigente, para que una invención goce de actividad inventiva no debe resultar evidente para los expertos si se apoyan en el estado de la técnica. En este punto sí es importante la innovación, ya que para alcanzar la aplicabilidad es necesario que nuestra propuesta aporte algo que no sea posible hasta el momento.
La complejidad de esta fase es mucho mayor que la de la anterior, ya que aquí la observación de la invención debe hacerse intentando mantener la objetividad en todo momento, luchando contra la inevitable subjetividad. No olvidemos que tanto los expertos que la analizan como los potenciales consumidores son seres humanos, con sentimientos, con reacciones espontáneas que muchas veces pasan por alto las cuestiones técnicas. Por esta razón, existen métodos de trabajo para reducir la subjetividad al menor grado posible.
Aplicabilidad directa
La noción de aplicabilidad directa, por otra parte, se usa en el marco de las normas de la Unión Europea (UE). Esta aplicabilidad refiere a la aptitud que tiene un acto de derecho para su integración en el ordenamiento de los países que integran el bloque y para generar consecuencias jurídicas sin la exigencia de interponer una normativa nacional.
En un sentido amplio, puede afirmarse que la aplicabilidad se asocia a la posibilidad de concretar un plan o materializar una idea. Si una concepción teórica o ideal no se puede producir o ejecutar en el mundo real, no tiene aplicabilidad.
Imaginemos que un grupo de científicos elabora una propuesta para cultivar alimentos nutritivos en una región pobre y desértica. La aplicabilidad de la iniciativa depende de la probabilidad del desarrollo de las especies en cuestión.