En sociología
La idea de subsidiariedad se emplea en la sociología para referirse a la doctrina que impulsa una participación subsidiaria del Estado para sostener y promover acciones comunitarias o privadas. El llamado principio de subsidiariedad, en este marco, es el criterio que establece que la intervención estatal debe limitarse a aquello que la sociedad civil no está en condiciones de lograr por sí misma.
Supongamos que los gobernantes de una región deciden destinar fondos al desarrollo de infraestructura vial y a la construcción de un aeropuerto para fomentar el turismo. Estas obras sientan las bases para que el sector privado invierta en hotelería, restaurantes y otros proyectos para atraer a los visitantes. Como se puede apreciar, el principio de subsidiariedad se aplica en esta dinámica.
En el marco de la Unión Europea, la noción de principio de subsidiariedad refiere a que el accionar de las autoridades comunitarias está restringido a las cuestiones en las que, por sí solos, los Estados nacionales no logran ser eficaces.
Este principio de subsidiariedad permite regular cómo se ejercen las competencias compartidas a nivel europeo. Se entiende que las autoridades regionales intervienen cuando se necesita una acción normativa común por las consecuencias o las dimensiones del acto pretendido.
Subisidiariedad fuerte y débil
La subisiariedad fuerte se vincula con la dinámica equilibrada entre la competencia y la incompetencia; la débil, en cambio, no presenta un equilibrio entre ambas, aunque no siempre la diferencia sea tan marcada. Los dos efectos de la fuerte, desde un punto de vista jurídico, son los siguientes: el ente superior no reúne la competencia suficiente para intervenir en los asuntos de los inferiores (negativo); el ente superior respeta, protege y promueve la autonomía de los inferiores, por lo cual prioriza sus iniciativas en las políticas relacionadas con ellos (positivo).
A continuación veremos los cinco requisitos de la subsidiariedad fuerte:
- que haya dos sujetos de fácil distinción, cada uno con autonomía. Esta diferencia no se cumple si los entes pertenecen a una misma subjetividad jurídica;
- que exista una potestad de tipo jurídico, público y o privado que sirva para sostener la superioridad de un ente frente al otro;
- el ente inferior debe existir antes que el superior. Esta secuencia se cumple de manera natural al observar el surgimiento de una familia, que comienza por uno o dos individuos, o el de una sociedad intermedia, que depende del grupo anterior, y así hasta llegar a la comunidad que reúne varias naciones;
- el ente inferior debe contar con competencias y objetivos desde el principio, que deberá respetar el superior;
- que al ente inferior le baste con sus propias herramientas y esfuerzos para alcanzar sus objetivos de la forma que espera.
Según la Iglesia católica
La Iglesia católica contempla en su doctrina social el principio de subsidiariedad que sostiene que el Estado solamente tiene que realizar un trabajo orientado al bien común en los casos en que las entidades intermedias o los individuos no lo hagan de manera adecuada.
Dicho de otra manera, la Iglesia sostiene que la familia viene antes que el Estado en la jerarquía. Estas ideas surgieron en el ámbito católico a partir de mediados del siglo XIX. Las personas deben ayudar a quienes tengan un menor poder adquisitivo solamente cuando se lo pidan, porque de lo contrario se produce una anulación de estos últimos a nivel social. El Estado, por lo tanto, debe intervenir únicamente cuando nota que los entes no pueden alcanzar sus propios objetivos.