Justicia climática es un concepto que alude al abordaje del calentamiento global como una problemática política, económica y social y no solo como un fenómeno de la naturaleza y el medio ambiente. De este modo, se busca que las acciones que se lleven a cabo para mitigar el cambio climático se basen en el respeto de los derechos humanos y la equidad.
Quienes hacen referencia a la justicia climática demandan analizar las causas antropogénicas (producidas por el ser humano) del calentamiento global y hacer que sus responsables asuman las consecuencias de sus acciones. En este marco, sostienen que aquellos cuyas actividades tienen un gran impacto ambiental deben asistir a los más perjudicados por los efectos de las mismas.
Historia de la justicia climática
La noción de justicia climática surgió en 1999. Se atribuye el concepto a Corporate Watch, una asociación que por entonces comenzó a exigir que las grandes empresas que realizaban la mayor cantidad de emisiones de carbono sean responsabilizadas por su accionar. Asimismo esta organización también instaló en la agenda la necesidad de avanzar hacia una transición energética para atenuar el efecto invernadero.
Poco después, de manera paralela al desarrollo de la VI Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) en La Haya, se llevó a cabo la primera cumbre de justicia climática en la misma ciudad neerlandesa. De este modo, los movimientos ambientalistas continuaron imponiendo la idea de injusticia ambiental e insistiendo en que la toma de decisiones de los gobiernos sobre estos temas deben contemplar el daño que sufren las comunidades vulnerables por la degradación del suelo, la deforestación, la pérdida de biodiversidad y la creciente frecuencia de desastres naturales.
Estas inquietudes fueron recogidas, al menos en parte, por la comunidad internacional. El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), por ejemplo, asiste a los países para afrontar los problemas que se vinculan a la justicia climática.
Sus características
La justicia climática, en definitiva, se basa en el reconocimiento del calentamiento global como un fenómeno con causas y consecuencias sociales y políticas y una dimensión ética. Por eso su abordaje, desde esta perspectiva, debe contemplar valores como la equidad, la igualdad, la responsabilidad y, por supuesto, la justicia.
Una de las premisas de la justicia climática es que la adaptación a los efectos del cambio climático depende de cuestiones como los ingresos, el género y otros factores. Por eso hay personas y comunidades menos preparadas para superar los obstáculos: es decir, con menor resiliencia climática.
Mientras que quienes tienen menos recursos sufren las peores secuelas, los más ricos y las compañías más poderosas son los principales responsables de la degradación ambiental y de atentar contra el desarrollo sostenible. Hay, en definitiva, una desigualdad medioambiental que debe ser combatida en pos de una equidad climática.
La idea de justicia climática, como puede advertirse, tiene en cuenta que las poblaciones con menor responsabilidad en la huella de carbono son las más afectadas por la misma. Deben disponerse de mecanismos y recursos para que ese desequilibrio se reduzca.
La justicia climática y el Acuerdo de París
Una herramienta importante para la justicia climática es el Acuerdo de París, establecido en el marco de la CMNUCC. Este convenio, redactado en 2015 y firmado en 2016, apunta a conservar el incremento de la temperatura mundial promedio por debajo de los 2 ºC sobre los registros de la etapa previa a la industrialización.
Para alcanzar esa meta, que permitiría minimizar los efectos del calentamiento global, se propone reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. También invita a tomar medidas para contribuir a la resiliencia y la adaptación al cambio climático.
Uno de los avances del Acuerdo de París es que incorpora la perspectiva de género y hace hincapié en los derechos humanos. Como parte de la justicia climática, por ejemplo, alude a que es necesario orientar los esfuerzos de la política ambiental a asistir a los pueblos originarios y las comunidades locales.
No se puede dejar de mencionar, de todas formas, que el Acuerdo de París no establece obligaciones legales, sino que avala que las metas sean voluntarias y decididas por cada gobierno nacional.
Su importancia
Bajo la mirada de la justicia climática, el calentamiento global es una problemática de derechos humanos. Todos los seres humanos tienen derecho a una vida digna; sin embargo, los efectos del cambio climático atentan contra los medios de subsistencia, amenazan la seguridad alimentaria, provocan escasez de agua, generan refugiados climáticos e incluso causan muertes.
Se puede afirmar que la crisis del clima vulnera el derecho a la salud al incentivar los problemas de nutrición y los brotes epidémicos. También lo hace con el derecho a la educación debido a que los fenómenos meteorológicos de gran intensidad y las altas temperaturas pueden afectar la infraestructura escolar y reducir la capacidad de tutores y padres de llevar a sus hijos a clases.
Una muestra de la dimensión social del cambio climático es que, de acuerdo al PNUD, la tasa de mortalidad asociada a tormentas, sequías e inundaciones fue, entre 2010 y 2020, quince veces más alta en zonas vulnerables en comparación a otras con niveles reducidos de vulnerabilidad. La justicia climática llama a combatir este tipo de desigualdades, convocando a ayudar a los sectores desprotegidos y postergados.